¿Qué es un referéndum?
¿Qué es un referéndum?
Es una instancia de democracia directa. La población puede decidir si deroga (es decir, si deja sin efecto), en forma parcial o total, una ley aprobada por el Poder Legislativo.
¿Qué plazo tiene?
Según el artículo 79 de la Constitución, el referéndum se puede interponer hasta un año después de la promulgación de la ley que se quiere derogar.
¿Por qué se juntan firmas?
Para poder interponer un recurso de referéndum se necesita el apoyo de por lo menos un 25% del padrón electoral (aunque también existen otras posibilidades con porcentajes menores, un poco distintas y con otros plazos de acción). Por eso, es necesario presentar ante la Corte Electoral la constancia de ese apoyo a través de las firmas recolectadas.
¿Qué hace la Corte Electoral?
Evalúa si se cumplen todos los requisitos, incluyendo la cantidad de habilitados que firmaron, para decidir si procede el referéndum o no. Si está todo en orden, va a disponer lo que corresponda para que se realice el acto de votación.
¿Qué es el padrón electoral?
Es el listado de personas habilitadas para votar. A grandes rasgos: los ciudadanos naturales mayores de 18 años que se registran ante la Corte Electoral.
¿Cuántas personas hay en el padrón electoral?
Hay cerca de 2.7 millones de inscriptos en Uruguay. Por lo tanto, un 25% del total del padrón (es decir, lo necesario para poder convocar al referéndum) equivale a cerca de 700.000 personas.
¿Qué puedo hacer si soy menor y no puedo votar?
Primero que nada, informate. Esto es fundamental siempre, más allá de que puedas votar o no. Pero además también podés militar: acercarte a los espacios en los que se está tratando el tema y acompañar, apoyar, dar una mano.
Si sos menor pero estás por cumplir la mayoría de edad, podés ir tramitando desde ya tu credencial cívica, para que al momento del referéndum puedas votar. Recordá que el trámite de credencial por primera vez lleva un tiempo para que quedes habilitada a votar.
¿En qué consistiría el referéndum del que se habla?
Posiblemente dentro de poco tiempo estemos ante una instancia de referéndum contra la Ley de Urgente Consideración. Por ahora, las organizaciones que plantean promover este referéndum no han resuelto si va a ser contra toda la ley o contra parte de ella; todavía se está evaluando. Lo que sí definieron es que seguirán el camino de conseguir el 25% de apoyo a través de la recolección de firmas.
Después de que se junten las firmas, ¿se tiene que tratar en el Senado?
No. Todo lo que tiene que ver con el padrón electoral lo avala y analiza la Corte Electoral. El Poder Legislativo no está presente en este proceso (ni en nada que tenga que ver con procesos electorales, cuyo órgano rector es la Corte Electoral, lo que garantiza la separación de poderes).
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